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Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada Artículo 11 Bis 1 Federal de México


Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada Federal
Artículo 11 Bis 1.

Para la investigación de los delitos a que se refiere esta Ley, el agente del Ministerio Público de la Federación podrá emplear además de los instrumentos establecidos en las disposiciones aplicables para la obtención de información y, en su caso, medios de prueba, así como las técnicas de investigación previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, las siguientes:

I.Recabar información en lugares públicos, mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta que resulten necesarias para la generación de inteligencia;

II.Utilización de cuentas bancarias, financieras o de naturaleza equivalente;

III.Vigilancia electrónica;

IV.Seguimiento de personas;

V.Colaboración de informantes, y

VI.Usuarios simulados.

Para el empleo de las técnicas previstas en las fracciones I y III de este artículo siempre que con su aplicación resulten afectadas comunicaciones privadas, se requerirá de una autorización judicial previa de intervención de comunicaciones privadas.

El Fiscal General de la República emitirá los protocolos para el uso de las técnicas de investigación previstas en este artículo.



Federal de México Artículo 11 Bis 1 Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada
Artículo 1o ...11 11 Bis 11 Bis 1 11 Bis 2 11 Ter ...45
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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